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domingo, 8 de enero de 2017

LA ORIENTACIÓN EDUCATIVA EN LA COMUNIDAD DE MURCIA

La orientación educativa es uno de los pilares fundamentales del sistema educativo actual. El resultado de todas las leyes acontecidas la sitúan como necesaria para atender la diversidad de manera más especializada y propiciar la educación integral del alumnado.
En el marco del principio de la autonomía pedagógica y organizativa de los centros que la legislación actual establece para cada Comunidad Autónoma, Murcia, se distingue por un sistema de orientación diferente al resto de comunidades.
Los equipos multiprofesionales y las funciones que desempeñan los orientadores tanto en Primaria, Secundaria y Formación Profesional actúan de manera distinta en el contexto educativo de Murcia.
Es por ello por lo que hemos elegido esta comunidad para realizar un análisis de su sistema de orientación educativa. Para poder realizarlo, nos hemos basado principalmente en el Decreto nº 359/2009, de 30 de octubre del Boletín Oficial de la Región de Murcia, donde se establece y se regula la respuesta educativa a la diversidad del alumnado en esta comunidad, siendo un marco normativo adecuado a las condiciones socioculturales y a la idiosincrasia de su alumnado.




A modo de resumen podemos señalar que, su normativa destaca la necesidad de que la atención a la diversidad abarque todas las etapas educativas y a todos los alumnos y alumnas. Aborda, además, los grupos de alumnos y alumnas que requieren una atención educativa diferente a la ordinaria por presentar alguna necesidad específica de apoyo educativo, con ausencia de discriminación. Se busca, por tanto, desde este marco normativo una excelencia educativa basada en un contexto de máxima calidad e igualdad, que permita que todo el alumnado tenga acceso al conocimiento en igualdad de oportunidades, desde la no discriminación, y apostando por la calidad del progreso.
Para ello, se ha partido de la base de que la educación es un servicio público esencial en su comunidad, que debe ser asequible a todos, sin distinción de ninguna clase, en condiciones de igualdad de oportunidades, con garantía de regularidad y continuidad, y, adaptada progresivamente a los cambios sociales.
La orientación educativa se ha abordado dentro de este marco educativo como uno de los principios y fines de la educación, como un medio necesario para el logro de una formación personalizada que propicie una educación integral, tanto en conocimientos, como en destrezas y valores, y que favorezca y mejore la calidad de la enseñanza para todo el alumnado.
Lo que pretenden con estas medidas, es que la educación contribuya a desarrollar la ansiada cohesión social, indispensable para que la sociedad progrese hacia los ideales de paz, libertad y justicia social.
A continuación os mostramos cuáles son las funciones de los Orientadores Educativos en los centros públicos de educación secundaria de la Región de Murcia (Resolución del 3 de Septiembre de 2003 de la Dirección General de Enseñanzas Escolares y el Decreto 359/2009, de 30 de Octubre):

  • El departamento de orientación deberá́ elaborar un plan de actividades a principio de curso y una memoria al final del mismo, que se articularán en torno al apoyo a: el proceso de enseñanza-aprendizaje, el plan de acción tutorial y el plan de orientación académica y profesional.
  • Corresponde al jefe del departamento la redacción del plan de actividades del departamento al comienzo de cada curso, teniendo en cuenta las peculiaridades del contexto educativo.
  •  El Orientador Educativo deberá elaborar la propuesta de criterios y procedimientos para realizar las adaptaciones curriculares para los alumnos con necesidades educativas especiales, y facilitar a los equipos educativos la información psicopedagógica necesaria para el diseño y desarrollo de éstas.
  • Coordinar el proceso de evaluación psicopedagógica y emitir informe técnico individualizado, derivado de ésta, de aquellos alumnos que lo requieran.
  • Colaborar en la organización de las medidas de atención a la diversidad y las medidas de refuerzo y apoyo que se realicen en el centro.
  • Asesorar en aspectos psicopedagógicos y sobre medidas de atención a la diversidad a los distintos componentes de la comunidad educativa, colaborando en la prevención y tratamiento de los problemas de aprendizaje.
  • Remitir al Servicio de Atención a la Diversidad, antes del 15 de octubre, la información referida a los alumnos diagnosticados de necesidades educativas especiales.
  • Coordinarse con las instituciones educativas, sanitarias y sociales de la zona de influencia de cada instituto cuando las necesidades educativas que presente el alumnado así lo requieran.
  • Elaborar, de acuerdo con las directrices establecidas por la comisión de coordinación pedagógica y en colaboración con los tutores, el plan de orientación académica y profesional y el plan de acción tutorial, elevarlos al claustro para su aprobación y posterior inclusión en los proyectos curriculares del centro. Así como coordinar y dinamizar el desarrollo y redactar la memoria, bajo las directrices del Jefe de Estudios, de estos planes por medio de reuniones sistemáticas con tutores, e interviniendo directamente con los alumnos y/o con sus padres o tutores legales en las acciones previstas.
  •  Participar en la elaboración del consejo orientador que sobre el futuro académico y profesional del alumno ha de formularse al finalizar el cuarto curso de la etapa, y asesorar al equipo de evaluación sobre el consejo orientador que éste debe formular al finalizar el segundo curso de la etapa.
  • Asesorar individualmente a los alumnos y/o sus padres o tutores legales cuando se hayan detectado problemas que afecten a su proceso educativo.
  • Promover la investigación e innovación educativa, para mejorar la calidad de los procesos educativos de los centros.
  • Impartir docencia en la materia de Psicología, y en aquellos programas o materias que diseñe el propio departamento.

Para finalizar, pasaremos a comentar las competencias que hemos adquirido al realizar ésta actividad:
  •  Conocer el valor formativo y cultural de la Orientación en las respectivas enseñanzas
  • Conocer la historia y los desarrollos recientes de la Orientación y sus perspectivas para poder transmitir una visión dinámica de la misma
  • Conocer contextos y situaciones en que se usan o aplican los diversos contenidos curriculares.
  • Poseer las habilidades de aprendizaje que permitan continuar estudiando de un modo que habrá de ser en gran medida autodirigido o autónomo.
  •  Buscar, obtener, procesar y comunicar información; transformarla en conocimiento y aplicarla en los procesos de enseñanza y aprendizaje en las materias propias de la especialización cursada. Adquirir los conocimientos y las estrategias para poder programar las áreas, materias y módulos propios de su responsabilidad docente.
  • Participar en la investigación de los procesos de enseñanza y aprendizaje.
  • Conocer y analizar las características históricas de la profesión docente, su situación actual, perspectivas e interrelación con la realidad social de la época.

 NORMATIVA LEGAL
DECRETO 359/2009, de 30 de octubre, por el que se establece y regula la respuesta educativa a la diversidad del alumnado en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

ORDEN DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2006, de la Consejería de Educación y Cultura por la que se dictan instrucciones sobre el funcionamiento de los equipos de orientación educativa y psicopedagógica.

RESOLUCIÓN DE 3 DE SEPTIEMBRE DE 2003, de la Dirección General de Enseñanzas Escolares, por la que se dictan instrucciones para el funcionamiento de los departamentos de orientación sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

WEBGRAFÍA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA (ESPAÑA), CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES. (2014). ORIENTACIÓN EDUCATIVA EN LA REGIÓN DE MURCIA. Recuperado 29 de diciembre de 2016, desde http://diversidad.murciaeduca.es/orientamur/index.php


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